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LA EVALUACIÓN DE RIESGOS DE LA DEBIDA DILIGENCIA PARA LA CONDUCTA EMPRESARIAL RESPONSABLE
Cuando las empresas cuentan con un compromiso político de alto nivel, explícito y público, en el que expresa declaraciones, principios y/o pautas sobre el respeto de los derechos humanos, suele ser señal de su madurez, de haber alcanzado una mayor comprensión del comportamiento responsable que se espera de ellas.
Lo que debería devenir a continuación, son pasos conducentes a la implementación de procesos de debida diligencia, integrando esas directrices y compromisos en sus sistemas de gestión, con el fin de instalar mecanismos que identifiquen, evalúen y gestionen los riesgos asociados a impactos sociales como consecuencia de la actividad empresarial.
Esta fase de la debida diligencia, sin duda, reviste desafíos y múltiples procesos, entre ellos, (i) instalar y promover instancias de participación significativa con los grupos de interés relevantes, (ii) identificar los riesgos sociales en un ejercicio multidisciplinario, (iii) priorizarlos e integrarlos en los sistemas de gestión para cerrar las brechas, con su correspondiente monitoreo y, (iv) comunicar e informar estos resultados, según lo ha definido la OCDE en la Guía de debida diligencia sobre conducta empresarial responsable.
Tanto la participación significativa como la comunicación de la debida diligencia son temas que han sido abordados en las ediciones 2024 de este Boletín, los cuales puedes consultar en las Publicaciones del PNC aquí. En esta oportunidad, buscamos proporcionar elementos útiles para las empresas en la tarea central de la identificación de riesgos y su evaluación, con el fin de permitir su priorización, en línea con el carácter adaptable de la debida diligencia a las circunstancias de la empresa.
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